Centroamérica & Mundo

Banqueros de Panamá alertan de riesgos en el sistema nacional de créditos por proyecto de ley   

La Asociación Bancaria de Panamá (ABP) reitera que el proyecto de Ley 340 obstaculizaría la recuperación de activos, dificultando los préstamos y haciéndolos más costosos y lentos en el país

2022-02-09

Por La Estrella de Panamá

La Asociación Bancaria de Panamá (ABP) se ha manifestado en contra de la aprobación del Proyecto de Ley 340 'que modifica y adiciona y artículo al Código Judicial', llevada a cabo el pasado 2 de febrero.

En un comunicado la ABP expresó que si este proyecto de ley se termina aprobando, la incorporación de una Excepción al Pago Parcial en los procesos ejecutivos, obstaculizaría la recuperación de activos que garantizan el repago, dificultando los préstamos y haciéndolos más costosos y lentos. Aclaran que actualmente este procedimiento ya suele durar más de 24 meses.

Esto 'disminuye drásticamente la viabilidad de recuperar préstamos por medio de ejercer los derechos de los acreedores sobre las garantías, cuando otras fuentes de repago han desaparecido', agregó la Asociación en el comunicado.

En esta misma línea, el grupo aseguró que esta iniciativa legislativa puede representar el 'colapso del sistema nacional de créditos', llevando el país a un estancamiento que seque el flujo de créditos del sistema.

No se apega a la realidad

La ABP aclaró que los motivos presentados en este proyecto de ley tienen 'buenas intenciones', pero que estas intenciones están 'apartadas de la realidad', porque los bancos realizan gestiones de cobro a los clientes morosos mensualmente.

"Si el cliente se atrasa, se procede a interponer una demanda ante los tribunales por el monto actualizado de la deuda (capital más intereses). Las demandas bancarias nunca son por el total solicitado al banco en calidad de préstamo, como expresa el anteproyecto", explicó.

La Asociación Bancaria de Panamá (ABP) añadió que este proyecto pone a los acreedores en una posición ideal para ser objeto de abuso, porque cualquier deudor podría evitar indefinidamente el pago de sus deudas con un pago mínimo, que puede utilizar cada vez que esté moroso, dilatando el proceso.

Concluyó afirmando que la legislación actual ya cuenta con mecanismos para que un deudor pueda acreditar el pago parcial de la deuda reclamada, así como para poder recibir el pago de los excedentes resultantes de una subasta del bien ejecutado. Pero esto sin crear un clima de 'riesgo e inseguridad'.

Ley
| | |

12 ejemplares al año por $75

SUSCRIBIRSE