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Las diez recomendaciones de Icefi al Proyecto Ley de Justicia Tributaria de Honduras

El Instituto explicó que una estrategia basada en incentivos tributarios debe aumentar el empleo de calidad y el ingreso de las personas, con un efecto positivo en el bienestar.

2023-05-16

Por estrategiaynegocios.net

En audiencia en el Congreso Nacional, el Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) expuso su análisis «Recomendaciones a la Comisión de Dictamen del Proyecto Ley de Justicia Tributaria».

Las recomendaciones del Icefi buscan apoyar el esfuerzo de Honduras de avanzar hacia una política fiscal moderna, que promueva la inversión y la generación de empleo de calidad, a la vez que garantice el bienestar.

El Instituto explicó que, en teoría, una estrategia basada en incentivos tributarios debe aumentar el empleo de calidad y el ingreso de las personas, con un efecto positivo en el bienestar. Para lograrlo, la estrategia debe derivar de un planteamiento de Estado a largo plazo, que motive ciertos sectores estratégicos, la complejidad económica y la innovación tecnológica.

“Las primeras manifestaciones de éxito de una estrategia así, deben ser el aumento de la inversión privada nacional, del flujo de inversión extranjera y mayor competitividad en el área de interés. Advirtió que un indicador de que una estrategia no está funcionando es cuando elementos de competitividad sistémica del país no son apropiados, por lo que deben evaluarse con análisis previos y posteriores a su implementación”, dijo la entidad en un comunicado.

Con base en estos fundamentos teóricos, el Icefi presentó a la Comisión las siguientes diez recomendaciones técnicas:

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1) Aunque es una propuesta de ley integral, discutirla por secciones: Legislación asociada al cumplimiento de las normas internacionales de transparencia (NIT), reformas al sistema de incentivos tributarios y reforma constitucional.

2) En la discusión de la legislación relacionada con las NIT, aclarar que el acceso de la autoridad tributaria a la información bancaria es principalmente para intercambiar información con otras administraciones tributarias y, solo de manera colateral, para el control y la fiscalización. Para tranquilidad de los contribuyentes, debe ser punible revelar o usar la información para fines no autorizados por la ley. También se recomienda incluir los anexos de la Mutual Administrative Assistance in Tax Matters (MACC), y tener presente que la adopción del criterio de renta mundial reduce los problemas de doble tributación.

3) Dentro de las reformas al sistema de incentivos tributarios, se recomienda una ley general de inversión que incorpore de forma exógena al presupuesto, como compromiso de Estado, inversiones para fortalecer la infraestructura física, vial, eléctrica, de agua, telefonía y de servicios de saneamiento; de la institucionalidad pública; de la salud y de la educación.

4) En cuanto a los regímenes de incentivos tributarios: Discutir la evaluación de cada régimen presentada por las autoridades fiscales:

5) Reformar las leyes del ISR y del ISV, eliminando todas las exenciones que no sean progresivas o que no contribuyan a mejorar el bienestar.

6) En las reformas al sistema de constancias de exención: Mantener vigente el sistema actual, si los contribuyentes tienen contabilidad electrónica y el SAR tiene pleno acceso para su control, si los contribuyentes que aceptan la constancia usan facturación electrónica. En los demás casos, definir el mecanismo de devolución de impuestos, la cual debe aplicarse dentro del ejercicio al que corresponde la compra realizada.

7) El suministro de marchamos debe realizarlo la administración pública.

8) Las ONG no deben calificar como entes beneficiarios de regímenes especiales, solo pueden ser consumidoras finales. Si se les admite, permitirles, previa calificación, exención solamente para compras internacionales.

9) En la reforma constitucional, darle prioridad a lograr que establezca que el sistema tributario debe ser globalmente progresivo.

10) Condonar impuestos solo en caso de calamidad pública, y no los relacionados con retenciones o percepciones de otros agentes.

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