Empresas & Management

Colombia reduce su jornada laboral en ciertos sectores y empresas

La reducción de la jornada tiene como objetivo cumplir los estándares de la Organización Internacional de Trabajo.

2023-06-30

Por estrategiaynegocios.net

En Colombia desde este 15 de julio del presente año entrará en vigencia la Ley No. 2101 de 2021, la cual establece una reducción de manera progresiva en los horarios laborales semanales hasta alcanzar las 42 horas de trabajo en 2026.

Con esta idea, se espera que el próximo sábado se aplicará la primera disminución, por lo que ciertas empresas pasarán de trabajar de 48 a 47 horas por semana. Así, cada 15 de julio hasta el 2026, se le restará una hora de trabajo a ciertas compañías y sectores hasta el 2026.

La normativa explica que las horas de trabajo podrán ser distribuidas bajo acuerdo entre el empleador y trabajador, en cinco o seis días a la semana, tomando siempre en cuenta el día de descanso.

La ley también define que esta nueva regularidad no afectará el salario ni las prestaciones de servicio y mucho menos la hora ordinaria de trabajo. Esto tampoco implica una exoneración de trabajo en favor del empleado, lo cual supone el absoluto respeto de los empleados ante las normas y principios que protegen a todos los colaboradores de la empresa.

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La Ley No. 2101 de 2021 será aplicada en compañías privadas y empresas estatales. Para aquellos que laboren en el sector público las modificaciones se darán dependiendo de las políticas y acuerdos establecidos por cada entidad. En el caso de las empresas privadas, la normativa se puede dar por acuerdos o convenios.

La reducción de la jornada tiene como objetivo cumplir los estándares de organizaciones internacionales, como la Organización Internacional de Trabajo (OIT). Además se espera que este nuevo cambio eleva la calidad de vida de los trabajadores colombianos.

Excepciones a la ley

Existen tres excepciones para empresas, sectores o lugares de trabajo que no aplican a la reducción de las horas laborales.

- Aquellos colombianos quienes trabajen en áreas “especialmente insalubres o peligrosas”.

- Los jóvenes quienes están autorizados a trabajar, ya que sus horarios actuales son de 40 horas semanales por ley.

- Acuerdos entre el trabajador y el empleador de turnos sucesivos, pero no debe exceder seis horas al día y 36 semanales.

Con información de La Estrella de Panamá

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