Centroamérica & Mundo

Guatemala: 61% de asalariados no recibe el aguinaldo

El decreto 76-78 establece la prestación del aguinaldo para todos los asalariados. Cifras de impago son más altas en zonas rurales.

2014-11-26

Por: prensalibre.com

La investigación, efectuada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), refiere que 3.432.365 personas son consideradas como asalariadas -que reciben pago por su trabajo con diferentes tipos de contratación o pago-.

De estas, solo un 1.313.623 (38,9%) recibe aguinaldo, prestación establecida en el decreto 76-78. El restante 61,1% dijo que no lo recibe.

El total de población ocupada es de 5.988.175 -aquí se toman en cuenta empleados del sector público y privado, patronos, jornaleros, no remunerados y otros-.

Por región

Los datos del pago del aguinaldo varían según la región analizada en la encuesta. En la región urbana metropolitana, el 39,9% no recibe aguinaldo, mientras que en el área urbana del resto del país el 53,9% no disfruta esa prestación. En el área rural a escala nacional, el 81,9%, es decir, ocho de cada 10 asalariados, no la recibe.

Al respecto, la viceministra de Trabajo, Elsa ávalos, señaló que hay diversas aristas que se deben analizar, ya que aparte de la contratación en relación por dependencia han surgido otros tipos de contrataciones en las que no se dan prestaciones como aguinaldo, bono 14 y cobertura del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).

La funcionaria enumeró entre estas formas de contratación aquellas en que el trabajador factura o cuando se acuerdan contratos por servicios temporales.

ávalos recordó que esa práctica empezó durante el gobierno de álvaro Arzú (1996-2000), cuando en las normas presupuestarias se estableció que la planilla del Estado no podía seguir creciendo, y se empezaron a usar otros renglones -como el 029-, medida que se extendió al sector privado.

Sin embargo, ávalos explicó que el criterio del Ministerio de Trabajo (Mintrab) y el que en muchos casos han emitido los jueces que conocen casos laborales es que un trabajador, aunque se le pague por medio de factura o fuera de la nómina, tiene derecho a aguinaldo si su labor tiene todas las características de una en relación de dependencia, como responder a horarios establecidos, a los jefes y al sitio de trabajo.

Además, algunas empresas o negocios debidamente inscritos incumplen con el pago a sus trabajadores, explicó la funcionaria. En el 2013, el Mintrab inspeccionó 3.660 empresas, de las cuales 891 no cumplieron con el pago de aguinaldo. Ese mismo año presentaron 481 denuncias por incumplimiento, ya que el resto accedió al requisito.

En el 2012, el Mintrab visitó 3.329 empresas, de las cuales, 663 no cumplieron con el pago. Ese año se presentaron 552 denuncias, según ávalos.

En diciembre y enero, 161 inspectores registrados visitarán empresas.

Agregó ávalos que muchos negocios no brindan esa prestación porque trabajan en la economía informal.

La ley

El decreto 76-78 establece la prestación del aguinaldo.

Un 50% se debe pagar en la primera quincena de diciembre, y el otro 50% en la primera quincena de enero.

Cuando hay pactos colectivos se puede establecer que el pago sea total en diciembre.

Las sanciones por impago son de entre tres a 14 salarios mínimos.

12 ejemplares al año por $75

SUSCRIBIRSE