Claves del día

Iván Velásquez podrá regresar a Guatemala por amparo de la Corte de Constitucionalidad

La Corte de Constitucionalidad (CC) emitió un amparo provisional este domingo con el que ordena que el jefe de la Cicig Iván Velásquez pueda regresar a Guatemala.

2018-09-16

Por Prensa Libre

Los magistrados de la CC se reunieron este domingo y de forma unánime fallaron a favor del jefe de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig), luego de que el presidente Jimmy Morales prohibiera su ingreso al país cuando Velásquez efectuaba un viaje a EE.UU.

Alfredo Brito, secretario de Comunicación de la Presidencia, dijo que no han sido notificados de la resolución emitida por la Corte de Constitucionalidad.

El 4 de septiembre, el presidente Morales hizo oficial que ordenó a la Dirección General de Migración que no se le dejara entrar al país a Velásquez por ningún puesto fronterizo.

El Gobierno emitió un comunicado en el que detalló que el Consejo de Seguridad Nacional "recomendó" al presidente prohibir el ingreso de Velásquez a territorio nacional.

Además, en la publicación, se solicitó al secretario de la ONU que se designara un sustituto de Iván Velásquez, para el año restante en el que la Cicig permanecerá en el país.

El presidente Morales ya había anunciado, el 31 de agosto, que no se renovaría el mandato de la Cicig, que termina el 3 de septiembre del 2019.

El anuncio lo efectuó en una inusual conferencia de prensa, a la que asistieron solo tres de los 14 ministros de Estado, pero fue acompañado por numerosos altos mandos del Ejército y de la Policía Nacional Civil.

Efectos del Amparo Provisional


1. Jimmy Morales debe negociar con ONU y agotar el diálogo según el Acuerdo de creación de la CICIG, para definir sus controversias.

2. Permita el ingreso al territorio nacional del Comisionado 'o Comisionada' de CICIG.

3. Se considera incumplida la resolución anterior, si no se permite el ingreso del Comisionado 'o Comisionada' de CICIG.

4. El Director de Migración debe permitir el ingreso al territorio guatemalteco del Comisionado 'o Comisionada' de CICIG.

5. Se tendrá por incumplida la resolución en caso no se permita su ingreso.

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