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El Salvador: Congelan bienes de ex presidente Saca

La Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó el juicio por enriquecimiento ilícito contra el expresidente Elías Antonio Saca.

2016-03-07

Por estrategiaynegocios.net

La decisión fue tomada por existir indicios de enriquecimiento ilícito, en relación con las declaraciones patrimoniales ante la Sección de Probidad de la CSJ, publicó El Diario de Hoy.

El pasado 23 de febrero, el expresidente fue enviado a juicio con 13 votos de los magistrados de Corte Plena, tras no poder comprobar la procedencia de US$5.062.371,2 en su declaración patrimonial. En otro punto, la Corte ordena juicio al exmandatario y lo designa a la cámara Primero de lo Civil.



Cinco cuentas de dos instituciones bancarias fueron congeladas, además de la restricción de transferencias a terceros de las acciones de Saca hacia su esposa e hijos. El exmandatario de El Salvador no pudo justificar a la sección de Probidad ingresos por US$6,5 millones.

Los magistrados en su resolución sostienen que existen suficientes indicios de enriquecimiento ilícito contra el expresidente Saca y por esa razón ordenan a la Cámara Primera de lo Civil de San Salvador abrirle un juicio civil.

Asimismo ordena se inicie el proceso de embargo de la finca Linda Vista, en Plan del Guayabo, cantón El Carmen en San Salvador. Dicho terreno tiene un área de 5.024,84 metros cuadrados y se encuentra inscrito bajo la matrícula 60228118-00000 a favor de la Sociedad Promotora de Comunicaciones, S.A. de C.V, publicó El Diario de Hoy.

Congelamiento de cuentas bancarias

De igual forma, la Corte ordena que se congelen cinco cuentas bancarias a su nombre y de su esposa, así como de entidades que él representa. 'Ordenese la restricción de transferencia a terceros de las acciones que el señor Elías Antonio Saca González, su cónyuge señora Ana Ligia Mixco Sol de Saca, y sus hijos Gerardo Antonio Saca Mixco, José Alejandro Saca Mixco y Christian Eduardo Saca Mixco poseen en las sociedades Promotora de Comunicaciones S.A. de C.V., Grupo Samix S.A. de C.V., Radiodifusión de El Salvador S.A. de C.V., y Stereo Noventa y Cuatro Punto Uno S.A. de C.V.', reza el informe de la Corte.

La Corte también manda a la Promotora de Comunicaciones S.A. de C.V., Grupo Samix S.A. de C.V., Radiodifusión de El Salvador S.A. de C.V., y Stereo Noventa y Cuatro Punto Uno S.A. de C.V., abstenerse de anotar, inscribir o hacer constar cualquier traspaso de acciones en los libros de registros de accionistas, por parte del señor Elías Antonio Saca González, su cónyuge o sus hijos, hasta que la Cámara comisionada no modifique esta medida.

Todas estas prohibiciones estarían vigentes hasta que la Cámara Primero de lo Civil resuelva.

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