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Costa Rica: presidente Solís levanta veto sobre reforma procesal laboral

Sectores empresariales y fuerzas políticas más a la derecha se muestran contrarios a la medida. Sindicatos e izquierda parlamentaria, a favor de la decisión presidencial. Puntos polémicos como huelgas en servicios básicos, o el mínimo de trabajadores para ir a huelga tratará de paralizarlos mediante decreto.

2014-12-12

Por: crhoy.com - agencias

Pese a las advertencias de empresarios y a la solicitud de no hacerlo que plantearon en días anteriores representantes del Partido Liberación Nacional, Unidad Social Cristiana y Movimiento Libertario, el Presidente Luis Guillermo Solís decidió hoy levantar el veto a la Reforma Procesal Laboral.

Con esto, permite que se lleven a cabo huelgas en servicios básicos esenciales, como los servicios de salud y policía.

En su conferencia de prensa de hoy, Solís dijo que "hay un elemento que no nos satisface, me refiero a la posibilidad de huelga en servicios esenciales" y aseguró que esta ley requiere de reformas, por lo que pidió a los diputados ejecutar los cambios al expediente 19306.

El mandatario anunció que el próximo martes firmará un decreto que prohíba la realización de huelgas en servicios esenciales mientras se reforman, mediante el proyecto de ley supracitado, los artículos de la ley vetada que avalan este aspecto. La ley entrará a regir en mayo de 2016, pues contempla que entrara a regir 18 meses después.

"Quiero reafirmar mi convencimiento de la necesidad de esta ley y hago un llamado al sector empresarial (…) para que nos sentemos pronto a despejar dudas", dijo. Solís aseguró que las huelgas no podrán durar más de 30 días calendario, y se garantizarán los servicios básicos.

Ley Polémica

La afectación sobre la que más se habla de esta ley es la ampliación del derecho a huelga en los servicios públicos, pues los funcionarios de este sector podrían aplicarla en áreas consideradas esenciales, como hospitales, policías, sin embargo, la legislación contempla otros beneficios, censurados por la mayor parte de agrupaciones políticas.

Por ejemplo, la ley no permite que el Gobierno tenga la posibilidad de contratar personal que sustituya a los funcionarios que estén el huelga, tal como lo hizo la administración de Luis Guillermo Solís en los muelles de Limón a finales de octubre anterior.

Desde las filas del sector empresarial, la ley desvela a los patronos, pues avala que trabajadores de cualquier empresa puedan convocar a una huelga con reconocimiento legal.

Además, el numeral 385 establece que cuando una huelga se declare ilegal, por falta de requisitos, los trabajadores podrán evitar sanciones si vuelven a sus empleos en las 48 horas siguientes a la declaratoria de ilegalidad, la cual de por sí puede tardar varios días en emitirse.

La reforma al Código Procesal Laboral fue una propuesta hecha por la Corte Suprema de Justicia en el 2005. En 2006, durante el gobierno de Abel Pacheco (2002-2006) fue impulsada en el Congreso.

La ley fue aprobada en setiembre de 2012, sin embargo el 9 de octubre de ese mismo año fue vetada por la expresidenta Laura Chinchilla.

Esta reforma legal es la mayor del sector desde 1943, cuando se aprobó el Código de Trabajo.

Pocos minutos después del anuncio, el diputado Mario Redondo, de la Alianza Democrática Cristiana, afirmó que interpondrá una acción contra el levantamiento, en la Sala Constitucional.

Posición gubernamental

En un comunicado, Casa Presidencial ha tratado de aclarar el por qué de la decisión del levantamiento del veto:

'Por el fondo, la reforma a la Ley de Procesal Laboral contribuye a la paz social, puesa partir de mayo del 2016, que es cuando entrará en vigor esta ley, se podrá:

Descongestionar los estrados judiciales, pues los juicios laborales disminuirán en tiempo gracias a la introducción de la oralidad en el proceso y al establecimiento de mecanismos de conciliación. Esta disminución en los tiempos de resolución hará que los trabajadores no opten por abandonar estos procesos, que hasta el día de hoy duran décadas.

Proteger contra despidos abusivos de trabajadoras embarazadas o en período de lactancia y denunciantes de hostigamiento sexual, también a trabajadores en razón de su religión, etnia y orientación sexual.

Garantizar el funcionamiento de servicios esenciales en caso de huelga, pues un juez debe autorizarla, previa presentación treinta días antes de un plan que asegure la prestación de esos servicios. Las huelgas tampoco podrían durar más de 30 días calendario, a diferencia de lo que ha ocurrido en las últimas décadas donde hemos visto huelgas de dos o tres meses en diversas instituciones del sector público. Esto algo que no ocurre en este momento y brindará seguridad jurídica a país.

En adición a lo anterior, el Patronato Nacional de la Infancia dará asistencia legal gratuita a trabajadores menores de edad y sus madres para reclamar sus derechos laborales o relacionados con la maternidad; habrá asistencia legal gratuita para personas trabajadoras cuyo ingreso mensual no supere dos salarios bases del cargo de auxiliar judicial; y el Colegio de Abogados y Abogadas u otras organizaciones podrán constituir por su cuenta centros o redes de asistencia legal gratuita.

A pesar de estas grandes contribuciones, hay un elemento que no nos satisface a nosotros ni a diversos grupos de la sociedad. Me refiero a la posibilidad de huelga en servicios esenciales.

Por un lado, como Poder Ejecutivo no puedo estar más en contra de permitir que la prestación de servicios de salud, seguridad, transporte de mercancías y personas puedan verse interrumpidos por una declaratoria de huelga.

Por el otro lado, tampoco estimo conveniente echar por la borda el trabajo de más de una década, que se concreta en esta ley sustantivamente beneficiosa para la sociedad costarricense.

Por ello esta ley, en sintonía con la vía costarricense de alcanzar acuerdo, establece un balance entre el derecho a huelga - consagrado en la constitución desde hace décadas - y la necesaria regulación que debe de existir para que este derecho no derive en abusos indeseables.

Así las cosas, para despejar dudas sobre los efectos de ley y reafirmar mi voluntad, emitiré en los próximos días un decreto ejecutivo que confirme la prohibición absoluta de huelga en servicios esenciales y establezca la necesidad de planes de acción para la operación continua de estos servicios.

Estas medidas serán de aplicación inmediata y están basadas en las leyes vigentes.

Ahora la Asamblea Legislativa tiene el reto de convertir estas disposiciones en ley de la República.

Esta es una oportunidad real y los mecanismos existen para hacerlo. Para ello, el Partido Acción Ciudadana, Unidad Socialcristiana y Frente Amplio ya elaboraron un proyecto de ley y existe la posibilidad de establecer una vía rápida para que esta nueva legislación se apruebe en el presente periodo de sesiones extraordinarias.
Lo actuado hoy abona en favor de la profundización de la democracia en Costa Rica, de la justicia, de la seguridad jurídica, de la revitalización de las garantías sociales'.

¿Y los empresarios?

"Nuestro sector empresarial, mayoritariamente compuesto por la micro y pequeña empresa, no puede comprender como un presidente viaja al exterior para atraer inversión y dice que va a impulsar al empresario nacional, pero por otra parte toma este tipo de decisiones. Esas contradicciones propias de este Gobierno, le pone un ancla cargada de incertidumbre a cualquier persona que con un ahorro o capital desee montar una empresa y contratar gente, pues el clima nacional para desarrollar negocios está llegando a un punto insostenible", manifestó Jose Manuel Hernando, presidente de la Cámara Costarricense de la Industria Alimentaria y de Bebidas (Cacia).

Según el representante de los empresarios industriales de alimentos, los sindicatos del sector público han demostrado una inclinación hacia la protección de intereses muy particulares y poco solidarios con el resto de la población. Si se promulga esta Ley, se promueven las huelgas en servicios esenciales así como una serie de aspectos sindicales dentro de la empresa privada, temas ampliamente cuestionados por la población en general.

'Hace unos pocos días, fue el mismo presidente Solís, quien haciendo uso de las potestades que la actual legislación le otorga, pudo manejar adecuadamente una huelga sumamente costosa para el país como lo es la huelga de los trabajadores del puerto de Limón. Ahora, ese mismo presidente se amarra de manos para que el país se vuelva más ingobernable con ese tipo de escenarios legales para nuestros servicios esenciales. Ahí se encuentra la esencia del repudio de quienes nos esforzamos todos los días por crear fuentes de empleo', acotó el Sr. Hernando.

A juicio del representate de Cacia, la iniciativa pone en riesgo la seguridad personal de los costarricenses, debido a que servicios como los que brinda el sector salud y seguridad pueden quedar suspendidos por una huelga, lo que dejaría al resto de los ciudadanos indefensos si requieren, por ejemplo, recibir atención médica en un centro de salud o la protección de las personas en las zonas públicas, las comunidades, viviendas e incluso en los locales comerciales o empresariales.

El resto de cámaras empresariales del país han venido mostrando una opinión similar en días anteriores.

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