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Costa Rica: Alvarado ratifica ley que límita derecho a huelga y la prohibe en servicios esenciales

La iniciativa surgió en respuesta a una huelga de sindicatos del sector público que en 2018 paralizó gran parte de los servicios de educación, salud y distribución de combustibles durante tres meses.

2020-01-20

Por AFP

El presidente de Costa Rica, Carlos Alvarado, homologó este lunes una ley aprobada por el congreso que fija límites al derecho a huelga y la prohíbe en los servicios públicos considerados esenciales.



La iniciativa surgió en respuesta a una huelga de sindicatos del sector público que en 2018 paralizó gran parte de los servicios de educación, salud y distribución de combustibles durante tres meses.

'Costa Rica transitó mucho tiempo en un ambiente de incertidumbre y caos en materia de huelgas', comentó el diputado opositor Carlos Ricardo Benavides, proponente de la iniciativa, en la ceremonia de firma de la ley.

Agregó que 'más que consagrarse un derecho, se generó una enorme impunidad para un grupo que abusaba de la mayoría, pisoteando sus derechos a la salud y a la educación, entre otros'.

La norma declara ilegal las huelgas en servicios públicos considerados esenciales, como los de salud, seguridad y distribución de energía, al tiempo que suspende el pago de los salarios de trabajadores en huelga si un juez declara ilegal el paro de labores.

También fija límites a la duración de las huelgas en el sector de educación para impedir que los estudiantes queden sin lecciones indefinidamente.

La nueva ley 'viene a dar seguridad jurídica para todas las personas (...) ahora hay reglas más claras' para las huelgas, comentó el presidente Alvarado.

El líder sindical Albino Vargas calificó la norma como una 'ley mordaza y antihuelgas' que a su juicio fue aprobada 'de manera acelerada y poco transparente'.

'No habrá ley alguna que detenga la lucha por la justicia social si estas luchas son justas', sostuvo Vargas en un video divulgado por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados.

Por su parte, la ministra de Trabajo y de Seguridad Social, Geannina Dinarte, dijo que, si bien la huelga es un derecho reconocido en el Código de Trabajo concebido para toda persona trabajadora en nuestro país, "reiteramos nuestro llamado a recurrir a la vía del diálogo social como la herramienta fundamental para el mantenimiento de nuestra democracia y de la paz social que caracterizan a Costa Rica".

El proyecto declara ilegal las huelgas en los servicios públicos esenciales cuya suspensión, discontinuidad o paralización pueda causar daño significativo a los derechos a la vida, la salud y la seguridad pública. Asimismo, suspende el pago de los salarios de los trabajadores que participen en estos movimientos.

En ese contexto, será un juez quien emitirá una resolución razonada y que especificará la forma en que se llevarán a cabo las labores, sus responsables y los mecanismos de supervisión la reposición del salario de los trabajadores en caso de que el movimiento de huelga sea declarado legal.

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