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El Salvador: Gobierno declara al país zona epidémica para asegurar cuarentena nacional

El Gobierno emitió hoy un nuevo decreto ejecutivo que confirma la cuarentena nacional mediante la aplicación del Código de Salud y una declaratoria del territorio de El Salvador como zona epidémica por COVID-19.

2020-04-13

Por Diario El Mundo (El Salvador)

El secretario jurídico de la Presidencia de la República, Conan Castro, leyó un fragmento del nuevo decreto enviado hoy a publicación del Diario Oficial.

'El objeto del presente decreto es declarar a todo el territorio nacional como zona epidémica sujeta a control sanitario para combatir el daño y evitar la propagación del COVID-19, por lo cual se adoptan las medidas extraordinarias siguientes', leyó esta noche en el programa Debate con Nacho Castillo.

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'A efecto de eso se declara la cuarentena a nivel nacional', agregó.

Esta declaratoria permite al Ministerio de Salud emitir medidas extraordinarias a raíz de esa epidemia. Entre esas medidas preventivas, anunció, están las retenciones administrativas que realizarán agentes policiales o militares de personas que serán llevadas a un centro de evaluación para que un médico determine si cumple cuarentena obligatoria en un centro de contención o albergue. La cuarentena podría durar entre 15 y 30 días.



'Solo es el médico el que determina esa detención', aclaró.

El equipo jurídico de Presidencia de la República revisó las herramientas jurídicas para poder continuar con la cuarentena y, según Castro, se encontraron con los artículos del Código de Salud. Fue así como se aprobó el decreto 19 y que representa la continuidad del decreto 14.

De acuerdo al artículo 139 del Código de Salud, en caso de epidemia o amenaza de ella, el órgano Ejecutivo en el Ramo de Salud Pública 'podrá declarar zona epidémica sujeta a control sanitario cualquier porción del territorio nacional que dicho órgano designe y adoptará las medidas extraordinarias que éste aconseje y por el tiempo que la misma señale para prevenir el peligro, combatir el daño y evitar su propagación'.

El artículo 136 del Código de Salud indica que las personas que padezcan enfermedades sujetas a cuarentena o que hayan sido expuestas a contagio 'podrán ser sometidas a aislamiento, cuarentena, observación o vigilancia, por el tiempo y en la forma que lo determine el Ministerio'.

Vehículos serán desinfectados

El funcionario agregó que el Código de Salud también permite que los vehículos se manden a 'sanitizar' (desinfectar). 'Tiene que mandarse a sanitizar porque no sabemos a qué ha estado expuesto. Si lo llega a traer uno de sus parientes, inmediatamente se va a contagiar', expresó.

El artículo 137 del Código de Salud dice que 'los locales y objetos con los cuales hayan tenido contacto o relación las personas expresadas en el artículo anterior deberán ser sometidos a procedimientos de desinfección'.

Así mismo, el artículo 184 faculta al Ministerio de Salud a dictar medidas de prevención de epidemias.

Aunado a ello, el artículo 285 del Código de Salud considera como infracción '22) No cumplir aislamiento, cuarentena, tratamiento u observaciones que establezca el ministerio', imponiendo como sanciones amonestaciones privadas, escritas y multas entre mil a cien mil colones, suspensión en el ejercicio profesional desde un mes hasta cinco años, clausura temporal de un mes hasta cierre definitivo del establecimiento.

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