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Comerciantes chapines deberán bancarizarse

Estarán obligados a bancarizarse y llevar contabilidad aquellos que posean activos por más de US$3.300 y sociedades constituidas por un capital mayor a US$660. La SAT podrá pedir información de los cuentahabientes a partir de febrero de 2017.

2016-08-25

Por: prensalibre.com

Los pequeños comerciantes que posean activos por más de Q25.000 (US$3.300) deberán llevar la contabilidad y el registro de sus cuentas bancarias e inversiones, señalan cambios al Codigo de Comercio.

La medida cobrará vigencia en febrero del 2017 y los comerciantes deberán de regularizar su situación ante el fisco, según la Ley para el Fortalecimiento de la Transparencia Fiscal y la Gobernanza de la SAT.

La medida será obligatoria para todos los comerciantes, entre los que se encuentran tiendas de barrio o abarroterías, panaderías, farmacias, talleres mecánicos, salones de belleza y otros negocios que cuenten con patente de comercio.

Eso significa que deberán hacer una evaluación sobre los activos, que incluya el mobiliario, los equipos, el inventario del producto y el flujo de caja, que si pasa de los US$3.300 los obligará a llevar una contabilidad.

La medida de llevar a cabo el registro de las cuentas bancarias y contabilidad también incluirá a las sociedades que se constituyan con un capital de Q5.000 (US$660), según la nueva disposición tributaria de la SAT.

Acceso a cuentas

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) podrá tener acceso a la información de cuentahabientes del sistema financiero, siempre y cuando sea por orden de juez competente.

Los artículos que regulan la información bancaria entrarán en vigencia seis meses despuéss de la publicación del Diario de Centro América. Mientras que el resto de medidas que pretende implementar la SAT entrarán en vigencia desde ocho días después hasta los dos años siguientes.

La norma establece que las solicitudes se realizarían 'en aquellos casos que exista duda razonable en torno a actividades u operaciones que ameriten un proceso de investigación y siempre que dicha información se solicite con propósitos tributarios, incluyendo acciones de control y fiscalización bajo las garantías de confidencialidad".

Esto incluye los movimientos bancarios, transacciones, inversiones, activos disponibles, inversiones u otras operaciones, así como servicios realizados por cualquier persona individual o jurídica.

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