Honduras

CNA analiza arbitrariedades cometidas por Redondo durante renuncia de Nasralla

Las renuncias que se reciban en el hemiciclo legislativo deben ser elevadas al Pleno para que el mismo admita o no la dimisión
06.05.2024

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), presentó un informe este lunes donde analiza las actuaciones de Luis Redondo durante el proceso sobre la renuncia presentada por Salvador Nasralla, tomando en consideración la Constitución de la República y la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

En el informe que lleva por nombre denominado como “En el Congreso del Pueblo las ilegalidades se repiten”, el ente anticorrupción señaló las omisiones cometidas por Redondo y cómo se escudó en valoraciones personales para no someter la renuncia ante el pleno.

La Constitución de la República en el artículo 205 numeral 12, manifiesta como facultad propia del CN: “Recibir la promesa constitucional al presidente y designados a la presidencia de la República, declarados elegidos, y a los demás funcionarios que elija; concederles licencia y admitirles o no su renuncia y llenar las vacantes en caso de falta absoluta de alguno de ellos”, cita el informe.

Luis Redondo justifica por qué no someten al pleno renuncia de Nasralla

Bajo esta premisa, se puede apreciar que el Pleno del CN es el órgano responsable de admitir o no la renuncia del presidente y designados a la presidencia por lo tanto, las renuncias que se reciban en el hemiciclo legislativo deben ser elevadas al Pleno para que el mismo admita o no dicha renuncia, argumento el CNA

Por otro lado, de acuerdo al artículo 22 de la Ley Orgánica del CN, el presidente del tiene la atribución de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes, conceder la palabra por orden sucesivo a los diputados que la pidieran, y establecer la agenda para sesiones del pleno.

Por esta razón, no existe la fundamentación jurídica para que el presidente del CN arbitrariamente decida que asuntos se elevan al pleno y cuales no.

De igual forma, la normativa expresamente establece que las decisiones del CN se toman por la mitad más uno de los diputados presentes, es decir, la toma de decisiones radica en el Pleno del Congreso Nacional y no
del presidente legislativo, concluyó la misiva el CNA.