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Buscan incentivar la formalización de MiPymes en Costa Rica

El texto, propone concretamente tres aspectos primordiales: la posibilidad que microempresas, con no más de cinco colaboradores.

2022-07-01

Por E&N Pyme-emprende

La diputada de la República, Monserrat Ruíz; en conjunto con el Centro Latinoamericano de Innovación y Emprendimiento (CELIEM) presentaron un proyecto de ley que busca crear incentivos para la formalización y desarrollo de las microempresas en Costa Rica.

Solo en el caso de la informalidad productiva en Costa Rica, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC), para comprender el nivel de informalidad de manera especial en las microempresas de los hogares se evidenció que el 57,7% no están inscritas en ninguna instancia pública, el 81,3 % no tienen ningún tipo de contabilidad formal, el 90%no tiene contabilidad por régimen simplificado, el 73,9% no cuentan con factura timbrada, el 77,7% no tiene factura electrónica, y el 70,8% no tiene ningún comprobante de venta.

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El INEC también ha indicado que el 63,3% de las microempresas no cuentan con seguro social. Este escenario, y sumado a otros análisis como el realizado por la OECD, confirma que los costos de la seguridad social y los trámites para la incorporación en la formalización constituye una de las principales causas que inciden en la alta informalidad que se tiene en el país.

Ante este panorama, este proyecto de ley tiene como propósito reconocer esta realidad, y plantear unaserie de acciones que, por la vía de incentivos en la institucionalidad costarricense, genere un mejor entorno para el desarrollo y la operación de micro, pequeñas y medianas empresas; las cuales son unidades esenciales en el proceso de reactivación económica, mediante las cuales se genera el 33% del empleo total del sector privado e impactan en más del 35% del PIB del país.

El texto, propone concretamente tres aspectos primordiales: la posibilidad que microempresas, con no más de cinco colaboradores, sin distingo de actividad económica, puedan incluirse en el régimen simplificado, siempre y cuando estén registradas en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC); y utilicen factura electrónica.

El segundo elemento consiste en que el régimen especial de contribución de la seguridad social se aplique por un periodo de cinco años para emprendimientos y microempresas (con no más de cinco colaboradores) que se inscriban por primera vez o reanuden la actividad económica.

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Y la tercera consideración plantea que se permita la deducción del impuesto de renta de los gastos en investigación y desarrollo que realicen las micro, pequeñas y medianas empresas debidamente registradas ante el MEIC; así como los gastos en capacitación y mejoramiento de los recursos humanos que realicenlas micro, pequeñas y medianas empresas debidamente registradas ante dicho Ministerio; y las contribuciones que realicen las empresas grandes o de regímenes especiales en transferencia detecnología, desarrollo de innovaciones de producto/servicios, o procesos en gestión de la calidad y lagestión ambiental de las micro, pequeñas y medianas empresas que formen parte de su cadena de valor y que se encuentren debidamente registradas y en condición activa ante el MEIC.