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Panamá: rechazan solicitud de suspensión de más de 4.000 trabajadores de Minera Panamá

La empresa solicitó el 27 de febrero la suspensión de los efectos de los contratos, basándose en el artículo 199, numeral 8 del Código de Trabajo, que se refiere a caso fortuito o fuerza mayor.

2023-03-01

Por estrategiaynegocios.net

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral de Panamá tomó la decisión de rechazar la solicitud de Minera Panamá donde solicitaba la suspensión de los efectos de los contratos de 4.051 trabajadores.

Previo a ello, luego que el Gobierno suspendió el contrato de la minera, en diciembre, los sindicatos presentes en Minera Panamá presentaron pliegos de peticiones, los cuales se mantienen en trámite a la fecha.

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El artículo 441 del Código de Trabajo indica que, durante la tramitación y negociación de los pliegos de peticiones, todos los despidos o suspensiones de los efectos de los contratos de trabajo, deberán tener autorización judicial previa, mientras no se concluya la tramitación de dichos pliegos.

La empresa hizo la solicitud el 27 de febrero, basándose en el artículo 199, numeral 8 del Código de Trabajo, que se refiere a caso fortuito o fuerza mayor.

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La justificación se centra en la suspensión de actividades del Puerto de Punta Rincón, por parte de la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas y Auxiliares de la Autoridad Marítima de Panamá.

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