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Costa Rica empieza el cobro de impuestos a Netflix y Facebook

Este impuesto, contemplado en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, grava con un 13% el costo del servicio.

2020-10-01

Por CRHoy

Este 1 de octubre entra a regir el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los servicios transfronterizos, que son aquellos que brindan empresas extranjeras en nuestro país por medio de plataformas digitales.

Este impuesto, contemplado en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, grava con un 13% el costo del servicio, sea una suscripción mensual o un servicio adquirido en determinado momento (una película, música, una aplicación) y, aunque quedó dispuesto desde la aprobación de la ley que entró en vigor en julio del 2019, no se había aplicado debido a que no se contaba con el sistema para que los prestatarios de los servicios o los intermediarios lo aplicaran.

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¿Qué servicios se gravan?

El director de Tributación Directa, Carlos Vargas, explicó que la primera lista a la que se le aplicará el cobro es la que muestra los servicios que son más consumidos en nuestro país, según información de las entidades financieras. Esta lista se compone por 18 empresas y fue publicada oficialmente el pasado 22 de setiembre en el diario oficial La Gaceta.

La lista es la siguiente: AirBnB, Apple +, Apple Music, Dropbox, Facebook, Google, HBO, iTunes, Linkedin, Microsoft, Netflix, Nintendo, Norton, Play Station, Riotgames, Sky, Spotify y SteamGames.

Después de este 1 de octubre, cualquier transacción que usted haga con estas compañías será gravada con el 13% del IVA. Esta lista puede ser ampliada en cualquier momento y Hacienda solo debe avisar a las entidades financieras, que tendrán 3 días hábiles para ajustar sus sistemas.

¿Cómo se va a cobrar?

Vargas agregó que en esta primera fase se incluyeron las empresas con las que se podía tramitar el cobro solo por medio de tarjetas de crédito o débito, de manera que sean las entidades financieras las que apliquen el impuesto y lo trasladen a Hacienda.

De esta forma, usted podrá encontrar el cobro de ese 13% del IVA en la respectiva factura que le brinde la compañía por la transacción.

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El Colegio de Contadores Públicos elaboró un ejemplo de cómo aplicaría el cobro a estos servicios. Por ejemplo, si usted paga el paquete estándar de Netflix, que actualmente tiene un costo de $12.99, a partir del 1 de octubre verá en su estado de cuenta un cargo adicional de $1.69 más por concepto de IVA.

Si paga el paquete plus de Dropbox que tiene un costo de US$9.99, a partir del 1 de octubre se le adiciona US$1.30 de más por mes, por el concepto del IVA.

¿Qué servicios no se incluyen y por qué?

La primera lista planteada para el cobro incluía cerca de 100 empresas, entre las que se encontraban desde Tinder, hasta compañías como Uber, DiDi, Amazon y otros que no solo venden servicios, sino también bienes. El jerarca explicó que esta lista fue depurada debido a que están en negociaciones con varias de estas compañías para que se inscriban directamente a Hacienda y hagan el respectivo cobro del IVA.

"Algunos no se incluyeron (en la lista de cobros que rige a partir de hoy), porque se trata de empresas con las que la administración ha venido conversando para que ellos realicen el proceso de registro y hagan ellos el cobro a sus clientes y no con el pago de tarjetas de crédito o débito (…) La lista está limitada a plataformas que solo brindan servicios, no bienes. Con las empresas que realicen transacciones con bienes y servicios lo que esperamos es que ellos mismos hagan el cobro", indicó Vargas.

A estas compañías se les va a dar un plazo de 10 días hábiles para que realicen el procedimiento, si no lo hacen, se incluirán en la lista y se aplicará el cobro por medio de las entidades financieras.

Este era uno de los últimos cobros del IVA que faltaba por aplicarse desde la aprobación de la ley.

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