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Nicaragua: Los crímenes de lesa humanidad que identifica el GIEI

El informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), documenta en 468 páginas la crisis en Nicaragua, responsabiliza al Estado por la represión en contra de los manifestaciones y argumenta cuáles son los crímenes de lesa humanidad que logró detectar.

2018-12-30

Por estrategiaynegocios.net

El Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) que ha documentado la crisis que vive Nicaragua, registra que al menos seis crímenes de lesa humanidad se habrían cometido entre el 18 de abril y el 30 de mayo de 2018.

"De la información disponible se desprende que el Estado de Nicaragua ha llevado a cabo conductas que, de acuerdo con el derecho internacional, deben considerarse crímenes de lesa humanidad", explica el documento, que dedica todo un capítulo para explicar el por qué las violaciones a los derechos humanos de los ciudadanos nicaragüenses son consideradas de este tipo.

"La figura de los crímenes de lesa humanidad se compone de un elemento contextual y de una serie de actos subyacentes que deben darse dentro de ese contexto y que incluyen el asesinato, la tortura, violación, la desaparición forzada de personas, la encarcelación u otra privación grave de la libertad física, así como también los actos de persecución, entre otros", señala el documento.

El Grupo señala que hay suficientes elementos para determinar que el Estado haya dado órdenes para que oficiales de la Policía Nacional y elementos armados afines al Gobierno, a los que el informe denomina como "paraestatales", hayan utilizado armas de guerra para contener las protestas constituyen los elementos más graves dentro de la crisis nicaragüense.

"En los hechos analizados, hay numerosas evidencias de policías e integrantes de grupos paraestatales disparando directamente contra personas en contextos de manifestaciones, de tomas de universidades y de procedimientos para desarticular barricadas o tranques. En muchos casos, se han utilizado armas de alto poder ofensivo, incluyendo armas de guerra, disparadas directamente contra las personas. Esta información confirmaría la calificación de los hechos como crimen de lesa humanidad de asesinato", señala el documento.



GIEI determina que el Estado de Nicaragua cometió crímenes de lesa humanidad

La privación de libertad fue también otro elemento encontrado en el contexto nicaragüense, especialmente aquellas que se realizaron sin orden de captura.

"La política de encarcelar manifestantes y personas definidas como opositores al régimen continuó con distintas modalidades; la más notoria, aquella vinculada con la criminalización y la prisión preventiva de cientos de personas sometidas a procesos irregulares", dice el informe.

En el caso del delito de persecución, este queda demostrado porque se han documentado violaciones de derechos a la integridad, a la libertad y la seguridad de las personas, a la libertad de expresión, al derecho de reunión, y al debido proceso, así como afectaciones graves al derecho de propiedad.

También hubo denuncias sobre violaciones cometidas contra manifestantes, tanto en los primeros meses de las protestas, como en los meses posteriores.

Referido a las denuncias de torturas, el informe señala que se documentaron denuncias de varios manifestantes que dijeron haber recibido golpizas.

En el caso de desapariciones forzadas, aunque el GIEI no ha podido corroborar plenamente estos hechos, sí afirma haber recibido denuncias de esta índole.

Los crímenes de lesa humanidad que, según el GIEI, se cometieron en Nicaragua:

Asesinato: De acuerdo al informe, en los hechos analizados, hay numerosas evidencias de policías e integrantes de grupos paraestatales disparando directamente contra personas en contextos de manifestaciones, en las tomas de universidades y en los operativos para desarticu­lar barricadas.

Encarcelación: Durante los primeros momentos de la represión a las protestas se dieron en capturas masivas, y sin ningún tipo de control judicial las cuales fueron ejecutadas en condiciones inhumanas en numerosos casos e incluyeron diversas formas de maltrato. Muchas de estas privaciones de la libertad fueron ejecutadas por grupos paraestatales, y en otros casos por fuerzas policiales, pero sin orden judicial.

Persecución: Hay documentadas violaciones del derecho a la integridad, a la libertad y la seguridad de las personas, a la libertad de expresión, al derecho de reunión, y al debido proceso, así como afectaciones graves al derecho de propiedad, entre otros46. Un rasgo importante de este crimen de lesa humanidad es el ánimo discriminatorio; señala el informe.

Violación: Este delito ha sido definido como un acto mediante el cual "el autor haya invadido el cuerpo de una persona mediante una conducta que haya ocasionado la penetración, por insignificante que fuera, de cualquier parte del cuerpo de la víctima o del autor con un órgano sexual, del orificio anal o vaginal de la víctima con un objeto u otra parte del cuerpo".

Tortura: De acuerdo con el Estatuto de la Corte Penal Internacional, para que se configure un acto de tortura en el marco de los crímenes de lesa humanidad, se requiere que el "autor haya infligido a una o más personas graves dolores o sufrimientos físicos o mentales", y que "tuviera a esa persona bajo su custodia o control..

Desaparición forzada: como crimen de lesa humanidad está caracterizada por la aprehensión, detención, o secuestro de una o más personas y la negativa a reconocer esa privación de libertad o dar información sobre la suerte o el paradero de esa per­sona o personas.

Investigar a responsables

Por otro lado, el informe sostiene que existe una responsabilidad compartida entre el Ejecutivo y los altos mandos policiales en la ejecución de las acciones contra la población civil, por lo que insta a que se realice una investigación transversal que defina las responsabilidades de cada uno de los involucrados.

" Una investigación seria no puede dejar de analizar la responsabilidad en los hechos del Presidente de la Nación, Daniel Ortega, como Jefe Supremo de la Policía Nacional, de quienes revistieron como Directores Generales (Aminta Granera y Francisco Díaz), los subdirectores generales Ramón Avellán y Adolfo Marenco, encargados de las áreas operativas y de inteligencia e integrantes de la Jefatura Nacional", precisa el reporte.

Díaz asumió formalmente la jefatura de la Policía en agosto pasado y se dice que él jugo un papel determinante en la represión, por lo cual fue sancionado con la Ley Magnitsky por parte de la administración del presidente estadounidense, Donald Trump.

Con información de El Nuevo Diario

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