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Trump cancela programa que protegía a 5 millones de indocumentados

El presidente cancela el memorando que protegía de la deportación a 5 millones de indocumentados padres de ciudadanos y residentes legales permanentes y se encontraba frenado por los tribunales desde febrero de 2015.

2017-06-16

Por Univisión

El gobierno del presidente Donald Trump rescindió el jueves el programa de Acción Diferida para los padres (DAPA), que iba a permitir a unos 5 millones de padres indocumentados de ciudadanos y residentes legales permanentes pedir el amparo de sus deportaciones.

Por medio de un memorando fechado este 15 de junio, el Secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), John Kelly, anunció que en consulta con el Fiscal General, "rescinde" el programa Acción Diferida para Padres de Ciudadanos Estadounidenses y Residentes permanentes Legales (DAPA), fechado el 20 de noviembre del 2014.

"Esto significa que el programa DAPA ya no existe", explicó Ezequiel Hernández, un abogado de inmigración que ejerce en Phoenix, Arizona, y que colabora frecuentemente con el Noticiero Univisión. "Al no existir, ya nadie podrá pedirle a un tribunal que lo revise para ponerlo en vigor".

DAPA fue implementado dentro de la Acción Ejecutiva de 2014 del presidente Barack Obama que, además de amparar de la deportación a padres de ciudadanos y residentes permanentes, extendía la cobertura de la Acción Diferida de 2012 (DACA) para los dreamers. Además contemplaba un permiso de trabajo renovable cada tres años.

También incluyó el perdón 601-A para familiares inmediatos indocumentados de cónyuges de ciudadanos y residentes legales, quienes pueden ajustar sus estados migratorios sin temor a ser penalizados con la ley del castigo cuando ponen un pie fuera del país al momento de realizar el trámite consular.

La ley del castigo sanciona con hasta 10 años la permanencia indocumentada en Estados Unidos.

Hernández añadió que la decisión del gobierno de Trump no afecta el DACA de 2012, que protege de la deportación a unos 800,000 jóvenes indocumentados conocidos como dreamers, quienes además reciben un permiso de trabajo renovable cada dos años.

El 3 de diciembre de 2014, dos semanas después del anuncio de DAPA, Texas, con el respaldo de otros 25 estados (23 de ellos gobernados por republicanos), demandó la medida aduciendo que Obama se había extralimitado en sus poderes ejecutivos al cambiar una parte de la ley de inmigración sin consultar al Congreso.

El 16 de febrero de 2015 un tribunal de distrito de Brownsville, dictó una medida cautelar que suspendió la entrada en vigor de DAPA y la ampliación de DACA.

El gobierno de Obama presentó un recurso en la Corte de Apelaciones del 5to Circuito para levantar las restricciones, pero el tribunal resolvió en noviembre de ese año validar el dictamen de la corte de Brownsville.

La derrota obligó al exmandatario acudir a la Corte Suprema de Justicia.

De qué de trataba DAPA

DAPA iba a amparar de la deportación a unos 5 millones de padres indocumentados de ciudadanos y residentes legales permanentes que estuvieran físicamente en Estados Unidos desde antes del 1 de enero de 2010.

Los beneficiarios debían demostrar que no tenían antecedentes criminales.

Entre los requisitos para calificar al programa, los indocumentados debían presentar una identidad (pasaporte válido u otro documento reconocido por el gobierno de Estados Unidos), evidencias de permanencia física y los certificados de nacimiento de sus hijos ciudadanos o residentes legales permanentes.

El reglamento indicaba que los padres indocumentados con antecedentes criminales contenidos en la lista de prioridades de deportación, o aquellos que habían ingresado al país después del 1 de enero de 2014, no calificaban para el programa.

Las prioridades de deportación

Junto con el memorando de DAPA del 14 de enero de 2014, el gobierno de Obama publicó una lista de prioridades de deportación, siendo ellas:

Prioridad 1: Quienes sean considerados una amenaza a la seguridad nacional, de la frontera o pública (terroristas, personas involucradas en espionaje, criminales, pandilleros, entre otros);

Prioridad 2: Personas con historial extenso de violaciones de inmigración, quienes hayan cruzado la frontera recientemente (después del 1 de enero de 2014);

Prioridad 3: Personas con DUI, cargos por violencia doméstica, explotación sexual, robo y cualquier delito que tenga más de 90 días como penalidad de cárcel;

Prioridad 4: Inmigrantes con una orden final de deportación en o después del 1 de enero de 2014.

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