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Costa Rica: Nuevas regulaciones fortalecen protección del consumidor ante ventas a plazo de proyectos inmobiliarios

El nuevo reglamento será una herramienta práctica y sencilla que permitirá ordenar y formalizar el mercado inmobiliario de vivienda.

2021-07-23

Por E&N

El nuevo reglamento liderado por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y con el apoyo de la Cámara Costarricense de la Construcción (CCC) y el Consejo de Desarrollo Inmobiliario (CODI), busca adecuar la normativa vigente, con el objetivo de proveer mecanismos actualizados que protejan el dinero de los consumidores que adquieren bienes inmuebles bajo la modalidad de preventa, ante un incumplimiento por parte del comerciante o responsable del plan.

Este martes se publicó una nueva regulación que rige el ofrecimiento de proyectos inmobiliarios al consumidor, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo 42995-MEIC, Reglamento de Ventas a Plazo de Ejecución Futura para Proyectos Inmobiliarios.

"Con esta actualización normativa se simplifican trámites para autorizar una venta plazo, asimismo se establece un mecanismo de protección al consumidor sobre la custodia, manejo y administración de las primas, pagos extraordinarios o abonos que realice. Este es un importante avance de especial importancia, resultado de un trabajo intenso que hemos venido realizando con los sectores; pues somos conscientes del esfuerzo que representa adquirir una vivienda y la necesidad que tiene el consumidor de contar con un respaldo al invertir sus recursos en proyectos inmobiliarios", indico Victoria Hernández Mora, ministra de Economía Industria y Comercio.

Esta regulación, se enmarca dentro del artículo 44 de la Ley N°7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, la cual señala el cumplimiento de la entrega del bien según lo pactado por medio una venta a plazo o ejecución futura.

"Con mucha satisfacción recibimos la publicación en La Gaceta del Reglamento de Ventas a Plazo de Ejecución Futura de Proyectos Inmobiliarios, fruto de un arduo trabajo conjunto del equipo técnico de MEIC con la empresa privada representada por miembros de la CCC y el CODI. Fue una labor de mucha dedicación, esfuerzo, compromiso y, sobre todo, disposición para escuchar y entender los puntos de vista de los desarrolladores inmobiliarios. Confiamos en que el nuevo reglamento será una herramienta práctica y sencilla que permitirá ordenar y formalizar el mercado inmobiliario de vivienda y, sobre todo, proteger los dineros de los consumidores, brindando tranquilidad a quienes deseen alcanzar el anhelo de contar con su casa propia y aprovechar las ventajas que ofrece el sistema de venta a plazo", destacó Leonard Ferris, representante de la CCC.

Fideicomiso de protección de primas

Con el fin de resguardar el dinero del consumidor por concepto de prima, reservas, pagos extraordinarios o abonos adicionales, se establece un fideicomiso de protección de primas; con el cual se garantizaría que los recursos aportados sean administrados adecuadamente hasta que el bien sea entregado.

En caso de que el responsable del plan no compruebe la solvencia económica, deberá rendir una garantía bancaria equivalente al 100% desarrollo inmobiliario.

El contenido de los contratos debe informar sobre: datos generales, descripción del bien inmueble, monto de primas, precio final, formas de pago, penalidades en caso de incumplimiento, fechas o períodos de entrega y los mecanismos de resolución de conflictos en el MEIC.

También se prohíbe la inclusión de cláusulas abusivas como las descritas en el artículo 42 de la Ley N°7472 y de prórrogas automáticas, ni modificaciones unilaterales, bilaterales o anexos al contrato sin autorización del MEIC.

Además, esta nueva regulación no solo se busca una defensa efectiva de los derechos de los consumidores, sino también, simplifica los trámites de autorización para comercializar los planes de ventas a plazo ante la Dirección de Apoyo al Consumidor.

De manera que se han eliminado requisitos como: indicación del tipo de garantía y la suma de dinero solicitado como aporte, copia certificada por notario público del contrato ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) y el detalle del financiamiento que tendría el proyecto inmobiliario. A partir de ahora, las personas físicas o jurídicas que ofrezcan este tipo de planes, solo tendrán que completar un formulario y quedarán inscritas ante el MEIC automáticamente al aprobarse el plan de venta a plazo o de ejecución futura de bienes inmuebles. Su inscripción se mantendrá mientras el plan se encuentre vigente.

"El nuevo reglamento de ventas a plazo enfocado a productos inmobiliarios viene a eliminar una serie de pasos y documentación engorrosa que debía presentar el desarrollador y que no contribuían de forma efectiva al objetivo de la regulación, proteger el dinero de los compradores. También da claridad en muchos procesos que previamente podían caer variedad de interpretaciones, proporcionando una mayor seguridad jurídica a los administrados. Confiamos que todos estos cambios colaboren a que los procesos de aprobación sean más ágiles y expeditos sin detrimento de la protección del consumidor. Instamos a las autoridades a continuar con líneas de acción similares que generen resultados positivos productos del diálogo y los consensos", manifestó Verónica Alfaro, directora ejecutiva del CODI.

A partir de la publicación en el diario oficial la Gaceta, las disposiciones de este Decreto Ejecutivo, aplicarán luego de 90 días naturales para estas condiciones de venta a plazo, es decir en el mes de octubre. El MEIC, mediante su Departamento de Educación al Consumidor y Ventas a Plazo de la Dirección de Apoyo al Consumidor, realizará webinars gratuitos para capacitar al sector inmobiliario sobre los alcances de la nueva regulación.

Los primeros webinars se estarán impartiendo a los asociados y agremiados de la Cámara Costarricense de la Construcción y el Consejo de Desarrollo Inmobiliario, para los meses de agosto y octubre.

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